Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exempleado…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exempleado municipal respecto al derecho al desahucio establecido en la ley N° 11.219. El organismo recordó que los servidores municipales que optaron por el sistema previsional del decreto ley N° 3.500 conservan el derecho a desahucio, pudiendo optar por él antes de cesar en el cargo y solicitarlo hasta cinco años después del cese. Sin embargo, al analizar los antecedentes del solicitante, se detectaron lagunas en las cotizaciones para desahucio entre 1979 y 2003, sin conocerse los motivos. Por ello, antes de resolver si le asiste el derecho, la Contraloría ordenó a la Municipalidad de Los Vilos informar sobre la situación funcionaria y previsional del interesado, incluyendo la calidad de sus servicios, ceses, indemnizaciones y cotizaciones enteradas, así como las razones de las lagunas. Se recordó que la responsabilidad por el pago de cotizaciones no integradas recae en el empleador. Una vez recibido el informe, se complementará el dictamen.

Normas citadas

  • ley 11219 art/46
  • ley 11219 art/21
  • dl 3501/80 art/13 num/1 inc/1
  • CCI art/2515
  • ley 17322 art/3 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Conservan el derecho a desahucio los servidores municipales que se cambiaron al sistema previsional del decreto ley 3.500?

Sí. En este caso, la Contraloría recordó que los servidores municipales que optaron por el sistema del decreto ley 3.500 conservan el derecho a desahucio, pudiendo optar por él antes de cesar en el cargo y solicitarlo hasta cinco años después del cese.

¿Qué ocurre si aparecen lagunas en las cotizaciones para desahucio de un exfuncionario municipal?

En este caso, la Contraloría detectó lagunas en las cotizaciones para desahucio y, antes de resolver, ordenó a la Municipalidad de Los Vilos informar sobre la situación funcionaria y previsional del interesado y las razones de esas lagunas. Recordó que la responsabilidad por el pago de cotizaciones no integradas recae en el empleador.

¿De quién es la responsabilidad si el empleador municipal no pagó las cotizaciones para desahucio?

Según este dictamen, la responsabilidad por el pago de las cotizaciones no integradas recae en el empleador. La Contraloría dejó pendiente la decisión final sobre el derecho hasta recibir el informe municipal, que complementará el pronunciamiento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de los herederos d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el requerimiento de un ex fun…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República determinó que un trabajador municipal no tiene d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una profesion…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República analizó si procedía cursar la resolución del Ins…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.