El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra la Corporación de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra la Corporación de Educación y Salud de Las Condes, que solicitaba un registro de sumarios administrativos e investigaciones sumarias instruidas contra un funcionario de un colegio municipal, junto con las copias íntegras de los expedientes. El Consejo consideró que la entrega de esa información, por versar sobre hechos ocurridos al interior de una comunidad escolar, implicaba un riesgo de identificación de niños, niñas o adolescentes involucrados. Se aplicó la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con el derecho a la vida privada y la protección del interés superior del niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.628
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 21.096
Oficio N° 163
Artículo 10 de la ley N° 19.628
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir por transparencia el registro de sumarios administrativos contra un funcionario de un colegio municipal?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la información versaba sobre hechos ocurridos dentro de una comunidad escolar y su entrega implicaba riesgo de identificar a niños, niñas o adolescentes involucrados. Se aplicó la reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.
¿Cuándo procede la reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en solicitudes de información de sumarios?
En este caso, el Consejo sostuvo que la causal procede cuando la entrega puede identificar a menores, en relación con la vida privada y el interés superior del niño de la Convención sobre los Derechos del Niño. Por ello se negó el acceso al registro y a las copias íntegras de los expedientes.
¿El interés superior del niño puede prevalecer sobre el derecho de acceso a la información pública?
En este caso, el Consejo consideró que sí, al rechazar el amparo contra la Corporación de Educación y Salud de Las Condes. Estimó que el riesgo de identificación de niños, niñas o adolescentes en sumarios escolares justificaba mantener la reserva.
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