Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre las reclamaciones de un funcionario de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) relativas a su designación a contrata y al pago de su desahucio. En primer término, determinó que corresponde a la superioridad del servicio fijar el grado remuneratorio de los empleos a contrata, conforme al artículo 10 de la ley N° 18.834, sin que exista obligación de asimilarlo al grado máximo del escalafón de origen, por lo que desestimó esa alegación. Respecto del pago del desahucio, efectuado mediante cheque y no por depósito en la cuenta bancaria indicada, la Contraloría se abstuvo de pronunciarse por tratarse de un asunto litigioso, relativo a una eventual indemnización de perjuicios, materia en la que no puede intervenir según la ley N° 10.336. Finalmente, ante la denuncia sobre una supuesta práctica de contratación en grado 9, no acompañó antecedentes que la respaldaran, por lo que remitió los antecedentes a la D.A.A. para los fines pertinentes.