Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una funcionaria suplente que integró un equipo que cumplió las metas anuales del año 2012 tiene derecho al incremento por desempeño colectivo desde su reincorporación al servicio en abril de 2013. El órgano reiteró que el beneficio corresponde a quienes, a la fecha del pago, sean personal de planta, a contrata o contratados conforme al Código del Trabajo, quedando excluidos quienes prestan servicios a honorarios, y que los suplentes pueden percibirlo si cumplen los requisitos legales. Concluyó que la funcionaria tuvo derecho al beneficio desde su reingreso, pero que en la primera cuota, correspondiente a junio de 2013, debe pagársele en proporción a los meses íntegramente trabajados del trimestre.