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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo por denegación de acceso a informació…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo por denegación de acceso a información y ordenó al Ejército de Chile entregar a la persona reclamante copia de los actos administrativos que impusieron sanciones a los funcionarios consultados. El Consejo estimó que la prohibición de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, relativa al tratamiento de datos sobre sanciones cumplidas, no se extiende a los actos administrativos que dispusieron esas sanciones, y desestimó las demás causales de reserva alegadas. La decisión aplicó el criterio de un caso anterior referido a información idéntica. Se ordenó cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que quede ejecutoriada la decisión, informar su cumplimiento, y se dejó constancia de que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
amparoDecisión de FondoDefensa

Preguntas frecuentes

¿La Ley 19.628 impide entregar copia de los actos administrativos que sancionaron a funcionarios públicos?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la prohibición de la Ley 19.628 sobre datos de sanciones cumplidas no se extiende a los actos administrativos que impusieron las sanciones, por lo que ordenó entregar esas copias al reclamante.

¿Puede un organismo público negarse a entregar información sobre sanciones a funcionarios alegando protección de la vida privada?

En este caso, el Consejo acogió un amparo contra el Ejército de Chile y desestimó la reserva por vida privada, por lo que el organismo debió entregar la información sobre las sanciones impuestas.

¿Qué plazo tiene el Ejército para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo informar su cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.