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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó a B.I.D.F. a cuatro años…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó a B.I.D.F. a cuatro años de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de darse a la fuga tras atropellar fatalmente a una peatón de 79 años, sin prestar ayuda ni dar aviso a la autoridad. El tribunal a quo denegó la sustitución de la pena por libertad vigilada intensiva, decisión que fue apelada por la defensa. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia, rechazando el recurso de apelación. El fallo consideró que no concurría el requisito subjetivo del artículo 15 N°2 de la Ley N°18.216, dado que el condenado condujo bajo efectos del alcohol, carecía de licencia, huyó del lugar, abandonó el vehículo con las placas retiradas y se fugó a Bolivia. La Corte valoró negativamente estas conductas como indicativas de una actitud de elusión de responsabilidad, incompatible con una reinserción en medio libre. En consecuencia, se mantuvo la pena efectiva de cárcel.

Normas citadas

  • Art. 195 inciso tercero Ley N°18.290
  • Art. 196 ter Ley N°18.290
  • Art. 15 bis Ley N°18.216
  • Art. 15 N°2 Ley N°18.216
  • Art. 16 Ley N°18.216
  • Art. 37 Ley N°18.216
  • Arts. 364 y siguientes del Código Procesal Penal
fuga del lugar del accidenteatropello fatalomisión de socorropena sustitutivalibertad vigilada intensivarequisito subjetivoreinserción socialconducción en estado de ebriedad

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