Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán (Segunda Sala) condenó al acusado como autor de los delitos de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol causando lesiones leves (art. 193 en relación con art. 110 inc. 2° de la Ley 18.290) y huir del lugar del accidente sin prestar auxilio (art. 195 inc. 2° de la Ley 18.290). Los hechos ocurrieron el 28 de enero de 2025, alrededor de las 20:40 horas, en la comuna de Coihueco, cuando el acusado, bajo los efectos del alcohol, colisionó a un menor de edad que se desplazaba junto a su madre, resultando con lesiones leves, y luego huyó del lugar sin prestar auxilio. La alcoholemia arrojó una dosificación de alcohol en la sangre. Se le reconoció la atenuante del art. 11 N° 6 del Código Penal. Se le impuso la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, con la sustitutiva de libertad vigilada, además de multas, inhabilidad y suspensión de licencia. La noticia asociada indica que la Corte acogió un recurso de nulidad y ordenó un nuevo juicio.