No se encuentran obligados a efectuar la cotización a que alude el inciso 1º del artícu…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1998
Resumen
No se encuentran obligados a efectuar la cotización a que alude el inciso 1º del artículo 346 del Código del Trabajo, los trabajadores afiliados al Sindicato Nº 2 de la empresa Compañías CIC S.A. a quienes se le han hecho extensivos los beneficios que se indican, contenidos en el contrato colectivo vigente entre la organización sindical recurrente y la referida empresa.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 346 del Código del Trabajo
Ley N° 19.069
Artículo 122 de la ley N° 19.069
Oficio N° 1520
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