La Corte de Apelaciones de Santiago, a través del ministro M.E.R.V., confirmó la orden…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026
Resumen
La Corte de Apelaciones de Santiago, a través del ministro M.E.R.V., confirmó la orden de vacunar al recién nacido G.O.B. contra la tuberculosis (BCG) y la hepatitis B, pese a la negativa de su madre. La clínica demandante solicitó el recurso de protección alegando que la negativa vulneraba los derechos a la vida e integridad física del niño consagrados en el artículo 19 N°1 de la Constitución. La madre argumentó que su rechazo se basaba en la necesidad de una evaluación médica individualizada por el estado prematuro y bajo peso del niño, y que había autorizado otro tratamiento (Nirsevimab). El tribunal determinó que la obligatoriedad de las vacunas está establecida en el artículo 32 del Código Sanitario y el Decreto Exento N°, y que la negativa sin justificación médica constituye un acto arbitrario. Se ordenó la administración de las vacunas, autorizando el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario. Un ministro disidente opinó que no existía acción u omisión ilegal que justificara la medida, pero su voto no prevaleció.
Normas citadas
Código Sanitario
Artículo 32 del Código Sanitario
Ley N° 20.584
Artículo 14 de la Ley N° 20.584
Ley N° 21.430
Código Orgánico de Tribunales
Artículo 8° del Código Sanitario
vacunación obligatoriaderecho a la vidainterés superior del niñoCódigo Sanitariorecurso de protecciónartículo 19 Constituciónartículo 20 Constitución
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