Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del pago de subsidios habitacionales regulados por el decreto N° 255, de 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que reglamenta el programa de protección del patrimonio familiar. El organismo recordó que corresponde a los P.A.T. (PSAT) tramitar el pago del certificado de subsidio dentro de su vigencia, reuniendo los antecedentes exigidos. Como la solicitud fue presentada directamente por el contratista, sin intervención del PSAT, y no se acreditó el cumplimiento del artículo 37 (informe final del PSAT y cartas de conformidad de los representantes del grupo), concluyó que no existía irregularidad en que el SERVIU no pagara los subsidios correspondientes. Sin perjuicio de ello, dejó en claro que el servicio puede regularizar la situación y pagar si resulta procedente. Además, indicó que el Ministerio puede conceder una nueva prórroga de vigencia de los certificados y que el SERVIU debe solicitar a la SEREMI la instrucción de un procedimiento administrativo para determinar eventuales infracciones del PSAT.