Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una ex funcionaria del Hospital Sótero del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, que pedía determinar si tenía derecho al bono por daño previsional de la ley N° 20.305. El dictamen recuerda que dicho bono exige, entre otros requisitos, haber cesado en funciones por alguna de las causales taxativas del artículo quinto transitorio de la ley, como renuncia voluntaria, obtención de pensión de vejez, supresión del empleo o aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo, en el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009. Según los antecedentes y registros del organismo, la desvinculación se produjo por expiración del plazo de la última prórroga de su designación a contrata, causal no prevista en la norma. En consecuencia, el organismo concluyó que no le asiste derecho al bono.