Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una hija huérfana que pedía el reconocimiento de una pensión de orfandad por invalidez en el régimen de la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado, con ocasión del fallecimiento de sus padres, ambos expensionados de dicha caja. El Instituto de Previsión Social informó que la reclamante no tenía el estado civil de soltera o viuda al momento de la delación, requisito exigido por la normativa aplicable. El organismo ratificó sus dictámenes previos, N° 58.887 de 2009 y N° 21.093 de 2010, en los que se concluyó que la interesada estaba casada al fallecer sus padres y que, conforme al artículo 3°, letra c), de la ley N° 12.522, la causal de inhabilidad por incapacidad para el trabajo solo se aplica a los hijos varones, por lo que resultaba irrelevante. Al no acompañarse antecedentes nuevos, concluyó que no corresponde otorgar la jubilación solicitada por no cumplirse las exigencias legales.