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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de una recurrente…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de una recurrente a la restitución de su pensión de orfandad. El dictamen analiza que, conforme a la ley N° 12.522, el beneficio exige que la beneficiaria sea soltera o viuda, requisito que debe subsistir durante el goce de la prestación. En el caso, la recurrente contrajo matrimonio que fue declarado nulo por sentencia judicial, pero no se ha determinado si dicho vínculo fue declarado putativo. La Contraloría señala que, si el matrimonio no fue putativo, la nulidad opera retroactivamente, considerándose a la interesada como soltera. Por tanto, concluye que la recurrente tendrá derecho a la restitución de la pensión siempre que su matrimonio no haya sido declarado putativo, y ordena que presente copia de la sentencia al Instituto de Previsión Social para que verifique la situación y resuelva.

Normas citadas

  • ley 12522 art/3 lt/c
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho a restituir la pensión de orfandad una beneficiaria cuyo matrimonio fue declarado nulo por sentencia judicial?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la recurrente tendrá derecho a la restitución de su pensión de orfandad siempre que su matrimonio no haya sido declarado putativo. Si no lo fue, la nulidad opera retroactivamente y se la considera soltera, por lo que ordenó presentar la sentencia al Instituto de Previsión Social para que verifique la situación.

¿Qué efecto tiene la nulidad de un matrimonio sobre el requisito de estado civil para la pensión de orfandad?

En este caso, el dictamen sostiene que, si el matrimonio no fue declarado putativo, la nulidad opera retroactivamente y la interesada se considera soltera, cumpliendo el requisito que exige la ley N° 12.522. La Contraloría indicó que el requisito de ser soltera o viuda debe subsistir durante todo el goce del beneficio.

¿Qué ocurre con la pensión de orfandad si el matrimonio nulo fue declarado putativo?

En este caso, la Contraloría señaló que la restitución de la pensión depende de que el matrimonio no haya sido declarado putativo, condición que aún no se ha determinado. El dictamen deja la verificación de este punto al Instituto de Previsión Social, a partir de la sentencia que debe presentar la recurrente.

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