Resumen
La Contraloría General de la República rechazó, por extemporáneo, un reclamo de un funcionario municipal regido por la ley N° 18.883 que impugnaba la medida preventiva de suspensión de su empleo, dispuesta durante la tramitación de un sumario administrativo. El organismo indicó que, según su jurisprudencia, el recurso especial de reclamación sólo puede interponerse una vez afinado el sumario, ya que el procedimiento sumarial es reglado y la ley no faculta a la Contraloría para emitir opinión anticipada sobre procesos en curso. Por ello, desestimó el reclamo por ahora, dejando a salvo que el funcionario podrá deducirlo al término del sumario si estima que adolece de vicios de legalidad, dentro del plazo de diez días hábiles establecido por el artículo 156 de dicha ley.