Resumen
La Corte Suprema, en la Tercera Sala, conoció del recurso de casación interpuesto por AGUAS DEL ALTIPLANO S.A. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado su reclamo sobre la Resolución Exenta N° 3381 de 2023. La parte recurrente alegó infracciones al artículo 173 del Código de Aguas, al principio de legalidad constitucional y a normas de la prueba, sosteniendo que la multa de segundo grado y el aumento del 75 % eran ilegales. La Corte analizó que la Dirección General de Aguas había actuado conforme a los procedimientos establecidos y basó su decisión en informes técnicos no controvertidos. Se constató que la empresa no había instalado el sistema de monitoreo exigido por las resoluciones DGA N° 1238 y N° 589, y que la sanción se ajustó a los estándares del Programa de Seguimiento y Control de Extracciones Efectivas 2022. En consecuencia, la Corte rechazó el recurso de casación, confirmando la validez de la multa impuesta. La decisión se firmó por los M.A.R., J.P.M.D.S., con la participación de los abogados integrantes J.V.J.F..