La jornada ordinaria de trabajo de los funcionarios que laboran en establecimientos o e…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996
Resumen
La jornada ordinaria de trabajo de los funcionarios que laboran en establecimientos o entidades que administran y operan la atención primaria de salud municipal, es de 44 horas semanales, distribuída de lunes a viernes, con tope de 9 horas diarias.
Normas citadas
Ley 19.378
Ley 18.883
Artículo 62 de la ley 18.883
Artículo 15 de la ley 19.378
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.