Laboral

La jornada ordinaria de trabajo de los funcionarios que laboran en establecimientos o e…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996

Resumen

La jornada ordinaria de trabajo de los funcionarios que laboran en establecimientos o entidades que administran y operan la atención primaria de salud municipal, es de 44 horas semanales, distribuída de lunes a viernes, con tope de 9 horas diarias.

Normas citadas

  • Ley 19.378
  • Ley 18.883
  • Artículo 62 de la ley 18.883
  • Artículo 15 de la ley 19.378

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