Laboral

Recházase solicitud de reconsideración de dictamen Nº 5.762-248, de 21.10.96, y reitéra…

Resumen del criterio jurisprudencial

Recházase solicitud de reconsideración de dictamen Nº 5.762-248, de 21.10.96, y reitérase que la jornada de trabajo de los funcionarios que laboran en establecimientos o entidades que administran y operan la atención primaria de salud municipal, es de 44 horas semanales, distribuídas de lunes a viernes, con tope de 9 horas diarias.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.