Resumen del criterio jurisprudencial
El 11 de septiembre de 2026 la Corte Suprema resolvió el recurso de amparo interpuesto por Yair Alejandro Guerrero Ríos contra el Servicio Nacional de Migraciones. La autoridad migratoria había rechazado su solicitud de residencia temporal y había dictado una orden de abandono mediante la Resolución Exenta N° 2600100335902, alegando la falta de un contrato de trabajo notariado y la ausencia de la carpeta tributaria del empleador. El tribunal consideró que la medida era desproporcionada e ilegal, teniendo en cuenta que el amparado residía en Chile desde hace más de ocho años, contaba con arraigo familiar y no tenía antecedentes penales. Se invocó el artículo 7 de la Ley N°21.325 y el artículo 21 de la Constitución, que obligan al Estado a garantizar procedimientos justos y a promover la obtención de permisos de residencia. En consecuencia, la Corte revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y declaró que se acoge el recurso de amparo, anulando la resolución administrativa y ordenando a la autoridad migratoria reabrir el procedimiento con un plazo de noventa días para presentar el contrato de trabajo notariado, sin exigir la carpeta tributaria.