Resumen
La Junta de Vigilancia del Río Choapa y sus Afluentes dedujo reclamación judicial contra la Resolución Exenta N° 633 de 2018 de la Dirección General de Aguas (DGA), que rechazó su oposición a la solicitud de constitución de un derecho de aprovechamiento de aguas no consuntivo presentada por Asesoría e Inversiones D&P Dos Ltda. La Junta argumentó que la memoria explicativa de la solicitud estaba incompleta al no indicar la capacidad de aducción, y que no existía disponibilidad hídrica para el caudal solicitado de 2,5 m³/s. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación, sosteniendo que la DGA actuó dentro de sus atribuciones. La Junta interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. El máximo tribunal acogió el recurso, señalando que la omisión de la capacidad de aducción en la memoria explicativa constituía una infracción al artículo 140 N° 7 del Código de Aguas, y que el informe técnico demostraba que no existía disponibilidad del recurso hídrico, vulnerando el artículo 22 del mismo código. En consecuencia, dejó sin efecto las resoluciones impugnadas y acogió la oposición, rechazando definitivamente la solicitud de derechos de aprovechamiento.