Resumen del criterio jurisprudencial
El querellante interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución que negó lugar a decretar la prohibición de celebrar actos y contratos sobre determinados bienes inmuebles del imputado. La Corte acogió el recurso y decretó las medidas solicitadas señalando que la exigencia de encontrarse formalizada la investigación para poder pedir medidas cautelares está circunscrita sólo a la preparación de la demanda civil, siendo aplicables al caso en cuestión los artículos 157 del Código Procesal Penal y 290 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, cuyos requisitos legales habían sido cumplidos por el querellante.