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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandan…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique que confirmó la declaración de abandono del procedimiento en un juicio ordinario de indemnización de perjuicios por falta de servicio. El tribunal de alzada había acogido el incidente de abandono al considerar que, tras dictarse sentencia definitiva el 30 de mayo de 2024, no se realizaron gestiones útiles para dar curso progresivo a los autos durante más de seis meses, hasta la notificación de dicha sentencia al demandado el 7 de enero de 2026. La Corte Suprema sostuvo que el abandono puede hacerse valer hasta que la sentencia esté ejecutoriada, conforme a los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, y que en este caso no existía sentencia ejecutoriada al momento de interponerse el incidente. Asimismo, desestimó el argumento del recurrente de que el juicio ya había terminado con la dictación de la sentencia, pues el impulso procesal sigue siendo de parte hasta la firmeza del fallo. En consecuencia, declaró que no hubo error de derecho en la aplicación de las normas sobre abandono del procedimiento.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.