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La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración prese…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración presentada por un municipio contra el dictamen N° 13.580, de 2013, relativo a la destinación de un inmueble traspasado por el Ministerio de Educación. El municipio alegaba un perjuicio para el cuerpo de bomberos si se cumplía lo dictaminado. El órgano contralor recordó que sus informes jurídicos son obligatorios y vinculantes para los servicios fiscalizados, incluidos los municipios, y que su incumplimiento compromete la responsabilidad administrativa de quienes deben darles aplicación. Asimismo, indicó que, conforme a instrucciones del Ministerio de Educación, los convenios de traspaso de inmuebles que no presten servicio educacional deben resciliarse, correspondiendo al servicio ponderar la oportunidad de aplicar ese mecanismo. Respecto de la eventual buena fe del comodatario, sostuvo que no impide la restitución del inmueble al Fisco, pues el comodato es un título de mera tenencia que no limita el dominio, y que corresponde al Ministerio de Bienes Nacionales determinar el destino del bien.

Normas citadas

  • dfl 1/3063/80 inter
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Son obligatorios los dictámenes de la Contraloría General de la República para los municipios?

Sí. En este caso, la Contraloría sostuvo que sus informes jurídicos son obligatorios y vinculantes para los servicios fiscalizados, incluidos los municipios, y que su incumplimiento compromete la responsabilidad administrativa de quienes deben aplicarlos.

¿Puede un municipio evitar la restitución de un inmueble fiscal alegando que allí funciona un cuerpo de bomberos?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría desestimó la reconsideración del municipio, que alegaba perjuicio para el cuerpo de bomberos, y mantuvo lo dictaminado sobre la destinación del inmueble.

¿La buena fe del comodatario impide la restitución de un inmueble traspasado por el Estado?

No. En este caso, la Contraloría sostuvo que la buena fe del comodatario no impide la restitución al Fisco, pues el comodato es un título de mera tenencia que no limita el dominio, y que corresponde al Ministerio de Bienes Nacionales determinar el destino del bien.

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