Resumen
La Contraloría General de la República determinó que no procede que la Municipalidad de La Cisterna destine un inmueble traspasado por el Ministerio de Educación, originalmente destinado al funcionamiento de un establecimiento educacional, a fines distintos de los previstos en el convenio respectivo. Por ello, el municipio debe adoptar las medidas para acordar con esa cartera la resciliación del convenio, de modo que el dominio del bien vuelva al Fisco, e informar a la Unidad de Seguimiento de la División de Municipalidades en un plazo de 30 días hábiles. Se precisó que, devuelto el inmueble, el municipio podría solicitar al Ministerio de Bienes Nacionales su transferencia gratuita conforme al artículo 87 del decreto ley N° 1.939, de 1977, y disponer de él según sus facultades. Respecto de la escuela B.O.E., el municipio deberá aplicar el mismo criterio y gestionar la resciliación si el inmueble no se usa para fines educacionales.