Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve una consulta sobre la suscripción de convenios por parte de un Servicio de Bienestar. Concluye que, al carecer de personalidad jurídica, estos servicios dependen de la institución empleadora, por lo que es procedente que los convenios se asocien al RUT de la Subsecretaría respectiva.