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El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de Las Condes, ordenando la entrega de ocho oficios alcaldicios dirigidos a vecinos que formularon observaciones a la Modificación N° 11 del Plan Regulador Comunal. Se consideró que la divulgación de estos documentos no afectaba derechos de terceros con la especificidad y certeza requeridas, especialmente porque el solicitante ya conocía parte de la información. Previo a la entrega, el municipio deberá reservar datos personales, sensibles y toda estrategia comercial o de negocios contenida en la documentación, en aplicación de la causal de secreto del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. La resolución advierte que, una vez ejecutoriada, el incumplimiento será sancionado con multas y suspensiones según el artículo 46 de la misma ley.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 21.078
  • Ley N° 19.628
  • DFL N° 458
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.993
  • Ley N° 20.791
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar oficios municipales dirigidos a vecinos que hicieron observaciones a un plan regulador si se pide por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó la entrega de ocho oficios alcaldicios, al estimar que su divulgación no afectaba derechos de terceros con la especificidad y certeza requeridas, especialmente porque el solicitante ya conocía parte de la información.

¿Qué datos deben reservarse antes de entregar documentos municipales con información de terceros?

En este caso, el municipio debe reservar datos personales, datos sensibles y cualquier estrategia comercial o de negocios contenida en la documentación, en aplicación de la causal de secreto del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.

¿Qué consecuencias tiene para un órgano público no cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, la resolución advierte que, una vez ejecutoriada, el incumplimiento será sancionado con multas y suspensiones según el artículo 46 de la Ley de Transparencia.

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