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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública i…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública interpuesto contra la Municipalidad de Las Condes, relativo a planos de uso de suelo. El órgano municipal había dado acceso a los planos de forma presencial, al no ser posible entregarlos en la modalidad solicitada por el requirente. El Consejo resolvió rechazar el amparo y, además, recomendar al alcalde adoptar medidas para ajustar sus sistemas informáticos de gestión documental y herramientas tecnológicas, de modo que la información pública pueda entregarse de forma expedita y gratuita. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 1161
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad entregar planos de uso de suelo de forma presencial si el solicitante pidió una modalidad distinta?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la Municipalidad de Las Condes entregó los planos de forma presencial, al no ser posible hacerlo en la modalidad solicitada por el requirente.

¿Qué puede hacer el Consejo para la Transparencia cuando un órgano público tiene dificultades tecnológicas para entregar información?

En este caso, además de rechazar el amparo, el Consejo recomendó al alcalde ajustar los sistemas informáticos de gestión documental para que la información pública pueda entregarse de forma expedita y gratuita.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

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