TributarioAcoge

Hechos controvertidos: 1).- efectividad que las liquidaciones reclamadas, adolecen de l…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024

Resumen

Hechos controvertidos: 1).- efectividad que las liquidaciones reclamadas, adolecen de los vicios que se acusa afectarían su validez, en especial en lo que respecta a su motivación, ponderación de antecedentes aportados durante la fiscalización y pronunciamiento de petición de devolución de impuestos. antecedentes de hecho y circunstancias que lo acrediten. 2).- efectividad que los gastos objetados cumplen con los requisitos generales y especiales para ser deducidos de la renta líquida imponible de los años tributarios 2015 y 2016, en especial la circunstancia de haberse prestado las asesorías contratadas y de tratarse de gastos necesarios para producir la renta de la reclamante. hechos, antecedentes y circunstancias que los acrediten. 3) efectividad de existir reembolsos de gastos por parte de empresas relacionadas y forma en que éstos se contabilizan. hechos, antecedentes y circunstancias que los acrediten. intereses: 2.- que toda la documentación acompañada que sustenta dichas partidas debidamente acompañada en la etapa probatoria tales como contratos de préstamos, libros de contabilidad y los demás señalados en el considerando séptimo, respaldan los dichos del actor respecto de la existencia y validez de las operaciones que sustentan las partidas ya indicadas. 3.- que como ya se indicó en el análisis de la normativa aplicable, se debía distinguir entre aquellos intereses vinculados con créditos destinados a la adquisición de capitales mobiliarios pagados o adeudados antes y después de la entrada en vigencia de la modificación al n°1 del artículo 31 de la lir por la ley n° 20.780, teniendo requisitos diferentes en cada caso. 4.- que respecto de los intereses pagados o adeudados a partir del 1° de octubre de 2014, pueden ser deducidos como gasto y debe estarse a lo instruido en la circular n° 62, de 2014, que no contempla dicho requisito. 5.- que del análisis de la contabilidad acompañada por la actora en especial del libro mayor y contratos, pagares, se desprende que la cuenta corresponde a intereses derivados de préstamos y créditos asumidos por la actora con el banco hsbc bank chile, atendida la necesidad de obtener financiamiento para la ejecución de las inversiones y asesorías que en el ejercicio de su actividad comercial desarrolla, procede acoger la alegación de la reclamante en relación a los intereses pagados por los créditos, ya mencionados que efectivamente cumplen con los requisitos establecidos en el art. 31 inciso 1º y art 31 inciso 4º nº 1, ambos de la ley de la renta, los cuales fueron utilizados en el desarrollo del negocio y dentro de su giro, por lo cual procede acceder a la alegación de la reclamante respecto de esta partida y dejar sin efecto lo obrado por el sii en las liquidaciones reclamadas. lo resuelto: ha lugar en parte ca: confirma.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley 19.880
  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Ley 21.210
  • Decreto ley N° 830
  • Artículo 59 del Código Tributario
  • Artículo 21 del Código Tributario
  • Artículo 9 de la Ley 19.880

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.