Lo anterior es sin perjuicio que corresponda a este Servicio pronunciarse, sobre las ma…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009
Resumen
Lo anterior es sin perjuicio que corresponda a este Servicio pronunciarse, sobre las materias que inciden en la composición del capital propio a que se refiere el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, norma respecto de la cual el Director puede ejercer la facultad de interpretar administrativamente las leyes tributarias, que le confiere el artículo 6, del Código Tributario. Por último, debe considerarse que el inciso final del mencionado artículo 24, constituye una norma particular de la contribución de patente municipal, que regula deducciones especiales de este tributo, y que no forma parte del concepto de capital propio a que se refiere el artículo 41 de la ley sobre Impuesto a la Renta, citado. 4.- En consecuencia, con relación a lo planteado por el Sr. XXXXXX a ese organism
Normas citadas
Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta
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