Seguridad social

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre la obligación de contar con u…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre la obligación de contar con un Departamento de Prevención de Riesgos dirigido por un experto, según la Ley 16.744. Resuelve que el Poder Judicial, al no ser empresa minera, industrial o comercial, no está sujeto a esa obligación, aunque puede crear voluntariamente dichas unidades.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.