Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre la obligación de contar con un Departamento de Prevención de Riesgos dirigido por un experto, según la Ley 16.744. Resuelve que el Poder Judicial, al no ser empresa minera, industrial o comercial, no está sujeto a esa obligación, aunque puede crear voluntariamente dichas unidades.