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El Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, resolvió el 22 de septiembre de 20…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, resolvió el 22 de septiembre de 2014 la solicitud del Superintendente del Medio Ambiente de autorizar una medida provisional de detención del funcionamiento de la granja de cerdos Porkland. El Superintendente alegó riesgo inminente de daño al medio ambiente y a la salud de las personas, fundamentado en la ausencia de Resolución de Calificación Ambiental del sistema de tratamiento de purines y en la proliferación de olores molestos. El Tribunal constató que los olores ya estaban presentes desde 2013 y que no existían nuevos elementos que justificaran la urgencia de la medida. Además, consideró que la documentación presentada no acreditaba un riesgo inminente derivado del aumento de temperaturas ni cumplía con los requisitos de provisionalidad y duración máxima de 30 días establecidos en la LOSMA. Por consiguiente, determinó que la medida solicitada no guardaba relación con un riesgo inminente y que, en realidad, se asemejaba a una sanción definitiva. En virtud de lo anterior, SE RECHAZA la solicitud de autorización de la medida provisional.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.