Resumen
La Contraloría General de la República resolvió que la Municipalidad de La Granja debe dar cumplimiento al dictamen N° 20.061, de 2012, y pagar a la recurrente la indemnización por años de servicio del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, siempre que cumpla los requisitos legales, informando al organismo en 30 días. El pronunciamiento se fundó en que la solicitud se presentó durante la vigencia del dictamen N° 44.766, de 2008, que fijaba la interpretación aplicable, por lo que la recurrente tiene derecho a lo pedido aunque la municipalidad invocara los dictámenes N°s 8.156 y 48.218, de 2011. Además, reiteró que los pronunciamientos de la Contraloría son obligatorios y vinculantes para las municipalidades, y que su desacato puede generar responsabilidad administrativa para los servidores municipales.