Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la renuncia de un becario de especialización que dejó el programa sin causa justificada previamente aceptada por la autoridad. Conforme al artículo 24 del Reglamento de Becarios (decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud), el incumplimiento de deberes posterior al periodo asistencial obligatorio inhabilita para ser designado en cualquier cargo de la Administración hasta por seis años, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía suscrita. El artículo 25 exime de esas sanciones solo si la renuncia, posterior a los 30 días de iniciado el programa, se funda en hechos que impidan su prosecución y fueron aceptados previamente por la autoridad competente, lo que no ocurrió. Que el organismo informante estimara justificadas las razones del becario no lo eximió de las consecuencias. Además, se constató que el interesado se desempeñaba en un hospital dependiente del Servicio de Salud Coquimbo pese a una inhabilidad ya ordenada, por lo que se remitió el pronunciamiento a la Contraloría Regional de Coquimbo para instruir un proceso disciplinario. Finalmente, se ratificó el dictamen N° 12.089, de 2012.