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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una funcionaria de la Oficina Nacional de Emergencia respecto a si el tiempo trabajado en el ex Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados es útil para optar al bono adicional de la ley N° 20.948. El dictamen concluye que sí es útil, ya que la Corporación de Fomento de la Producción es el continuador legal de dicho servicio y es un organismo integrante de la Administración del Estado, por lo que el período laborado en el ex servicio puede considerarse para acceder al beneficio, siempre que se cumplan los demás requisitos legales, como ser funcionario de carrera o a contrata, estar afiliado al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500 y haber cumplido 60 años de edad al 30 de junio de 2014.

Normas citadas

  • ley 20948 art/3
  • ley 20948 art/1
  • ley 19882 tit/II
  • dl 3500/80 art/17
  • dl 2572/79 art/1
  • dl 2572/79 art/10
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se puede considerar el tiempo trabajado en un servicio público extinguido para acceder al bono adicional de la ley 20.948?

Sí. En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el tiempo laborado en el ex Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados es útil para optar al beneficio, porque la Corporación de Fomento de la Producción es su continuador legal y forma parte de la Administración del Estado.

¿Qué requisitos deben cumplirse además del tiempo servido en un servicio predecesor para obtener el bono de la ley 20.948?

Según este dictamen, el período en el servicio predecesor sirve siempre que se cumplan los demás requisitos legales, como ser funcionario de carrera o a contrata, estar afiliado al sistema de pensiones del decreto ley 3.500 y haber cumplido 60 años de edad a la fecha indicada en la norma.

¿Un organismo que sucede legalmente a un servicio público extinguido puede reconocer ese tiempo para beneficios de los funcionarios?

En este caso, la Contraloría sostuvo que sí, porque la Corporación de Fomento de la Producción es el continuador legal del ex servicio y es un organismo integrante de la Administración del Estado, por lo que el período laborado en aquel puede considerarse.

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