El Tribunal Constitucional se pronunció sobre una acción de inaplicabilidad que impugna…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional se pronunció sobre una acción de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley de Tránsito, norma que suspendía por un año la procedencia de penas sustitutivas para quienes cometieran el delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones o muerte. El tribunal acogió parcialmente la acción, declarando inaplicable la disposición por vulnerar los principios de igualdad ante la ley, proporcionalidad y debido proceso. Consideró que la norma era desproporcionada e inidónea para cumplir los fines de reinserción social y protección de la víctima, al crear una diferencia de trato arbitraria que obligaba al cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, incluso cuando procediera la sustitución según la Ley N° 18.216. El tribunal estimó que el legislador se extralimitó al obstaculizar la facultad judicial de individualizar la pena, vulnerando el principio de proporcionalidad.
Tribunal ConstitucionalINAAdministracion PublicaAutoresCompetencia Y Jurisdiccion PenalDerecho A La DignidadDerecho AmbientalDerechos Implicitos
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional impedir por un año la aplicación de penas sustitutivas a quien conduce en estado de ebriedad y causa lesiones o muerte?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente la acción y declaró inaplicable esa suspensión por vulnerar la igualdad ante la ley, la proporcionalidad y el debido proceso. Consideró que la norma era desproporcionada e inidónea para cumplir sus fines, al obligar al cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad.
¿Puede el legislador limitar la facultad de los jueces para individualizar la pena en delitos de tránsito?
En este caso, el tribunal estimó que el legislador se extralimitó al obstaculizar la facultad judicial de individualizar la pena. Con ello, la disposición fue considerada contraria al principio de proporcionalidad.
¿Qué se debe hacer si una norma legal limita la procedencia de penas sustitutivas y resulta contraria a la Constitución en un caso concreto?
En este caso, el Tribunal Constitucional, mediante una acción de inaplicabilidad, declaró que la disposición no podía aplicarse al caso concreto. La razón fue que vulneraba la igualdad ante la ley, la proporcionalidad y el debido proceso.
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