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La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de una exempleada del Ban…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de una exempleada del Banco del Estado de Chile, quien pidió la reliquidación de su indemnización por cese de funciones, prevista en la letra a) del artículo 44 del decreto con fuerza de ley N° 2.252, de 1957, del Ministerio de Hacienda, por estimar que se calculó erróneamente al aplicar el límite imponible de 60 unidades de fomento. El órgano contralor señaló que, conforme al artículo 5° del decreto ley N° 3.501, de 1980, y al artículo 9° de la ley N° 19.350, dicho límite resulta aplicable a los afiliados de la ex Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco del Estado de Chile. Además, recordó que su jurisprudencia, contenida en el dictamen N° 11.280, de 2007, ya estableció que la indemnización en cuestión está sujeta a ese tope. En consecuencia, concluyó que el cálculo fue correcto y rechazó la petición, ordenando la transcripción del dictamen al Instituto de Previsión Social.

Normas citadas

  • dfl 2252/57 HACIE art/44 lt/a
  • dl 3501/80 art/5 inc/1
  • ley 19350 art/9
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La indemnización por cese de funciones de un exempleado del Banco del Estado está sujeta al tope de 60 unidades de fomento?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que sí. Conforme al artículo 5° del decreto ley N° 3.501 y al artículo 9° de la ley N° 19.350, el límite de 60 unidades de fomento se aplica a los afiliados de la ex Caja de Previsión del Banco del Estado, por lo que el cálculo fue correcto.

¿Procede reliquidar la indemnización del artículo 44 letra a) del DFL N° 2.252 si se aplicó el límite imponible de 60 UF?

En este caso, la Contraloría desestimó la solicitud de reliquidación. Recordó que su jurisprudencia del dictamen N° 11.280, de 2007, ya había establecido que esa indemnización está sujeta a dicho tope, y ordenó remitir el dictamen al Instituto de Previsión Social.

¿Puede la Contraloría revisar el cálculo de la indemnización de un exfuncionario de una caja previsional del Banco del Estado?

En este caso, la Contraloría se pronunció sobre el cálculo de la indemnización de una exempleada del Banco del Estado y concluyó que fue correcto al aplicar el límite de 60 unidades de fomento. Rechazó así la petición de la interesada y ordenó transcribir el dictamen al Instituto de Previsión Social.

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