La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo de la indemnizació…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo de la indemnización por años de servicios de una exfuncionaria del Banco del Estado de Chile, quien ingresó en 1970, se afilió al sistema de capitalización individual en 1986 y cesó en 2010 cumpliendo requisitos para pensionarse por vejez. Se determinó que la indemnización se calcula correctamente según la letra b) del artículo 44 del decreto con fuerza de ley N° 2.252, de 1957, del Ministerio de Hacienda, que corresponde a quienes se retiran y se acogen a jubilación, por aplicación analógica del principio de igualdad respecto de exfuncionarios que optaron por el sistema del decreto ley N° 3.500 y obtuvieron pensión. Se ordenó la transcripción a la Superintendencia de Pensiones y al Instituto de Previsión Social.
Normas citadas
dfl 2252/57 hacie art/44 lt/a
dfl 2252/57 hacie art/44 lt/b
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Qué efecto tiene el principio de igualdad en el cálculo de indemnizaciones de exfuncionarios que optaron por la capitalización individual?
En este caso, la Contraloría aplicó el principio de igualdad para equiparar a la exfuncionaria con exfuncionarios que optaron por el sistema del DL N° 3.500 y obtuvieron pensión, lo que justificó el cálculo según la letra b) del artículo 44. El dictamen ordenó además la transcripción a la Superintendencia de Pensiones y al Instituto de Previsión Social.
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Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
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