Resumen
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por A.C.S. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó su reclamo contra la Dirección General de Aguas. El caso se originó por una denuncia en 2014 sobre la construcción no autorizada de un badén de hormigón en el río Andalién, que alteraba el cauce natural. La DGA ordenó la restitución del cauce, pero el actor no cumplió, y tras constatarse la persistencia de la obra en 2016, se impuso una multa de 100 UTA conforme al artículo 172 del Código de Aguas. El recurrente alegó infracciones por aplicación retroactiva de la ley, falta de autoría, demora en el procedimiento y errores de interpretación. La Corte Suprema determinó que la sentencia recurrida aplicó correctamente las normas, sin vulnerar los principios de legalidad o irretroactividad, y que la multa era procedente por el incumplimiento del apercibimiento.