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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido en contra del Gobierno Region…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido en contra del Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago, relativo a la entrega de copia de la modificación 104 del Plan Regulador Metropolitano. Se resuelve que no concurre la causal de reserva invocada por el órgano recurrido, consistente en la afectación del cumplimiento de sus funciones, ya que la publicidad de la información requerida no puede condicionarse al trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República. Se ordena la entrega efectiva de la información, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la Ley de Transparencia, y se notifica la decisión a las partes.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio N° 972
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano público puede negarse a entregar información invocando que el documento aún está en trámite de toma de razón ante la Contraloría?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que la causal de reserva por afectación del cumplimiento de funciones no concurre, porque la publicidad de la información no puede condicionarse al trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República. Ordenó la entrega efectiva de la información.

¿Qué sucede si un órgano de la Administración del Estado no entrega la información solicitada tras un amparo acogido por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo acogió el amparo contra el Gobierno Regional de la Región Metropolitana y ordenó la entrega de la información bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la Ley de Transparencia. Así, el incumplimiento de la orden puede acarrear sanciones.

¿Es posible reservar información sobre un Plan Regulador Metropolitano mientras una modificación está pendiente de toma de razón?

En este caso, el Consejo sostuvo que no, ya que la causal de reserva por afectación de funciones no se configuró. Resolvió que la copia de la modificación 104 del Plan Regulador Metropolitano debía entregarse sin esperar la toma de razón.

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