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La candidata Sandra Daniela Beltrami Montero reclamó contra la Resolución N°G4479 del D…

Resumen del criterio jurisprudencial

La candidata Sandra Daniela Beltrami Montero reclamó contra la Resolución N°G4479 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales por omisión grave, desestimó el reembolso y ordenó devolver $3.045.143. El Servicio Electoral observó un gasto de $3.045.175 por servicios de administración de redes sociales del proveedor FACTORÍA PÚBLICA LIMITADA, que no fue declarado en el informe del artículo 44 bis de la Ley N°19.884. La candidata argumentó que el gasto no debía declararse bajo dicha norma y que la sanción era desproporcionada. El Tribunal Calificador de Elecciones determinó que el gasto sí debía ser informado por superar las 30 UF con un proveedor único, pero que la omisión no justificaba el rechazo total de la cuenta. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, aprobando la cuenta con observaciones y manteniendo el rechazo del gasto específico, pero concediendo el reembolso de los gastos aprobados.

TRICELjusticia electoralReclamación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.