Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de descuentos…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de descuentos en la asignación de antigüedad de una funcionaria que fue ascendida con efecto retroactivo. La recurrente, funcionaria del Servicio de Salud Arica, fue ascendida del grado 17 al 16 de la EUS y posteriormente al grado 15, y su empleador eliminó un bienio en cada ascenso para luego aplicar la absorción. El dictamen concluye que no procede efectuar descuentos en el cálculo de la asignación de antigüedad al momento del ascenso, aunque este se realice con efecto retroactivo, ya que el artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, garantiza que el funcionario ascendido mantenga una renta no inferior a la anterior más la asignación de antigüedad percibida, sin autorizar descuentos. Por lo tanto, ordena al Servicio de Salud Arica reliquidar los bienios aplicando la normativa de absorción, considerando los bienios acumulados antes de cada ascenso y sin efectuar descuento alguno.

Normas citadas

  • dl 249/73 art/6 inc/1
  • dl 249/73 art/6 inc/2
  • dl 249/73 art/6 inc/3
  • dl 249/73 art/6 inc/4
  • dl 249/73 art/6 inc/5
  • ley 18834 art/59
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede descontar bienios de la asignación de antigüedad cuando un funcionario público es ascendido con efecto retroactivo?

No, según este dictamen de la Contraloría General de la República no procede efectuar descuentos en el cálculo de la asignación de antigüedad al momento del ascenso, aunque este tenga efecto retroactivo. El artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, garantiza que el funcionario ascendido mantenga una renta no inferior a la anterior más la asignación de antigüedad percibida.

¿Qué debe hacer un servicio de salud si eliminó bienios en un ascenso y aplicó absorción de manera indebida?

En este caso, la Contraloría ordenó al Servicio de Salud Arica reliquidar los bienios aplicando la normativa de absorción, considerando los bienios acumulados antes de cada ascenso y sin efectuar descuento alguno.

¿Cómo se aplica el artículo 6° del decreto ley N° 249 a la absorción de la asignación de antigüedad en un ascenso?

En este dictamen, la Contraloría sostuvo que dicho artículo asegura que el funcionario ascendido no reciba una renta inferior a la anterior más la asignación de antigüedad percibida, por lo que no autoriza descuentos de bienios al momento del ascenso.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2017 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un funcionario…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República dictaminó que no procede aplicar el artículo 97,…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2023

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una funcionaria trasladada…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de una funcionaria municipal…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de una funcionaria públic…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.