Resumen del criterio jurisprudencial
Bono especial de emergencia sanitaria COVID-19 que prevén los artículos 85 y 89 de la ley N° 21.306 deberá ser enterado por el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile al personal en servicio a la fecha de su pago. Anualidad para acceder al feriado legal de funcionarios regidos por el Código del Trabajo, se cuenta desde el inicio del vínculo contractual y no del año calendario respectivo.