Resumen
La Contraloría General de la República dictaminó que un exfuncionario pensionado por invalidez no tiene derecho a los beneficios de las leyes N°s. 19.882, 20.734 y 20.948. Lo anterior, porque se acogió a pensión de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y no a la pensión de invalidez del decreto ley N° 3.500, de 1980, requisito esencial para acceder a los bonos. Además, cumplió 65 años fuera del período legal y cesó por vacancia por salud irrecuperable antes del plazo exigido por la ley N° 20.948. En consecuencia, se rechaza su solicitud.