Resumen
El tribunal tributario y aduanero resolvió negar lugar al reclamo general aduanero en contra de los cargos, emitidos el servicio de aduanas, administración de los andes, atendido que en los actos reclamados es posible apreciar está claramente desglosado el monto del flete internacional y del flete nacional, y no se ha efectuado ninguna prueba que permita a este tribunal sostener que el monto del flete nacional es notoriamente anormal, sino que ello responde a un aserto del agente de aduanas sin respaldo. por lo que no existiendo ninguna otra probanza grave, precisa y concordante que conduzca lógicamente a la verificación de las alegaciones efectuadas por la parte reclamante, no es posible acoger la pretensión de autos. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 08.08.2022, rol tributario y aduanero n°, confirmó el fallo de primera instancia. la excelentísima corte suprema, en sentencia de fecha 02.11.2022, rol n°, declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido, por cuanto se apunta a la actividad de la judicatura en la valoración relativa a las reglas de la sana crítica y no se desarrolla el pretendido vicio, la regla infringida ni la forma en que se produce la infracción.