Resumen
Normativa aplicable: artículos 125 y 129 del código tributario y artículo 2, inciso cuarto, de la ley 18.120. extracto: el contribuyente compareció personalmente en autos, presentando reclamo conforme a las normas del procedimiento general de reclamaciones en contra de las liquidaciones señaladas en la causa; sin embargo, atendido lo dispuesto en el artículo 129 del código tributario, se le apercibió para que dentro del tercero día presentara en forma poder en la causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2, inciso cuarto, de la ley 18.120, lo que no cumplió, razón por la cual se le hizo efectivo dicho apercibimiento.