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La Contraloría General de la República cursó la resolución de la Dirección del Trabajo…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República cursó la resolución de la Dirección del Trabajo que aplicó medidas disciplinarias a un exfuncionario y desestimó su reclamo. El reclamante alegaba que no podía ser sancionado porque ya no pertenecía al servicio al momento de la medida, y que la sanción expulsiva era desproporcionada por no haber causado perjuicio. La Contraloría sostuvo que, conforme al inciso final del artículo 147 de la Ley N° 18.834, el sumario iniciado antes de su desvinculación debía continuar hasta su término, por lo que procedía perseguir su responsabilidad administrativa. Respecto de la proporcionalidad, se consideraron sus propias declaraciones, en las que reconoció negligencia en causas judiciales a su cargo y presentarse al trabajo con hálito alcohólico, conductas calificadas como infracciones graves y reiteradas a las letras a), b), c), g) e i) del artículo 61 del Estatuto Administrativo. El órgano de control concluyó que la decisión no era arbitraria ni vulneraba el debido proceso.

Normas citadas

  • ley 18834 art/147 inc/fin
  • ley 18834 art/61 lt/a
  • ley 18834 art/61 lt/b
  • ley 18834 art/61 lt/c
  • ley 18834 art/61 lt/g
  • ley 18834 art/61 lt/i
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un funcionario público ser sancionado administrativamente si ya no pertenece al servicio cuando se aplica la medida?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, conforme al inciso final del artículo 147 de la Ley N° 18.834, el sumario iniciado antes de la desvinculación debe continuar hasta su término, por lo que procede perseguir la responsabilidad administrativa.

¿Es proporcionada la destitución de un funcionario público si su conducta no causó perjuicio al servicio?

En este caso, la Contraloría consideró que la sanción no era desproporcionada ni arbitraria, atendidas las propias declaraciones del funcionario sobre negligencia en causas a su cargo y presentarse ebrio al trabajo, infracciones graves y reiteradas del artículo 61 del Estatuto Administrativo.

¿Qué conductas del Estatuto Administrativo pueden justificar una medida disciplinaria contra un funcionario público?

En este caso, la Contraloría calificó como infracciones graves y reiteradas las letras a), b), c), g) e i) del artículo 61 de la Ley N° 18.834, relacionadas con negligencia en causas judiciales y presentarse al trabajo con hálito alcohólico.

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