AdministrativoAcoge

El 27 de agosto de 2026 la Corte de Apelaciones de Santiago, en la Novena Sala, resolvi…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 27 de agosto de 2026 la Corte de Apelaciones de Santiago, en la Novena Sala, resolvió la reclamación de ilegalidad interpuesta por Canal 13 SpA contra la multa de 100 UTM impuesta por el CNTV. La sanción se basó en la supuesta infracción al artículo 1° de la Ley N° 18.838 por contenido presuntamente dañino para menores emitido el 14 de marzo. El tribunal analizó que el material no encaja en la definición de contenido pornográfico ni en otras categorías prohibidas por las Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión. Además, constató que el CNTV no acreditó los efectos perniciosos alegados y vulneró el deber de fundamentación y el debido proceso al no admitir la prueba. Asimismo, consideró que la multa resultó desproporcionada respecto a la gravedad de la supuesta infracción. En consecuencia, dejó sin efecto la multa y ordenó retrotraer el procedimiento administrativo para que el CNTV reciba los descargos y pruebas de Canal 13.

multasCNTVCanal 13protección de menoresdebido procesoprincipio de proporcionalidadLey 18.838normas de contenidos televisivos

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.