Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación de Luis Enrique Céspedes Castillo, administrador electoral de la candidata Roxana Sepúlveda Alarcón, contra la Resolución N°G18595 del Director del Servicio Electoral. Dicha resolución aprobó con una observación la cuenta general de ingresos y gastos electorales de la candidata, autorizando un reembolso de $1.049.604, pero reparó un gasto de $1.000.000 respaldado en una boleta de honorarios emitida fuera del periodo de campaña y sin comprobantes idóneos de la contraprestación. El reclamante no subsanó la observación ni acompañó medios de comprobación documental adicionales. El Tribunal consideró que no se acreditó que los servicios se prestaron durante el periodo de campaña electoral, conforme al artículo 3° inciso segundo de la Ley N°19.884. En consecuencia, se rechazó la reclamación y se mantuvo la observación del Servicio Electoral.