Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Iquique, relativo a una solicitud de acceso a información sobre un funcionario municipal. Se ordenó la entrega del registro de control de asistencia, de los permisos administrativos y feriados legales, junto con el decreto alcaldicio respectivo, correspondientes al período indicado en la resolución, previo tarjado de datos personales de contexto y de datos sensibles que no digan relación con el cumplimiento de la función pública. El Consejo fundó su decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación con rango constitucional, y desestimó la causal de reserva invocada por no haber sido fundada ni acreditada. No obstante, se rechazó el amparo en cuanto a los horarios específicos de entrada y salida diarios del funcionario, por verificarse la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia. Finalmente, se dispuso la reserva de la identidad de la parte reclamante y del tercero interesado, y se dejó constancia de que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.