Resumen
De la prueba allegada por el reclamante señalada en el motivo 4°, en particular el documento denominado ¿informe de tasación de concesión marítima¿, rolante de fojas 44 a 49, no puede entrar a ser considerado, en primer término, por tratarse sobre una valorización de un lote del terreno playa, donde se sitúa la propiedad reclamada, que le asigna un determinado valor de tasación respecto de los terrenos y las instalaciones existentes, al rol 300-7, distinto del reclamado, y si que además no aparece la rúbrica del supuesto emisor.