Resumen del criterio jurisprudencial
La congregación religiosa Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora, sostenedora del establecimiento educacional "Divina Pastora Ñuñoa "no se encuentra obligada a gratificar anualmente a sus trabajadores.
La congregación religiosa Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora, sostenedora del establecimiento educacional "Divina Pastora Ñuñoa "no se encuentra obligada a gratificar anualmente a sus trabajadores.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.